Cuidado ARENA y PCN. Están jugando con fuego. Me refiero al anuncio terrible de querer reformar el artículo 175 del Código Electoral para que permita que no importando que cada partido lleve candidato (garantizando el 3% para no desaparecer) los votos se sumarían para uno en particular.
Sí, tal como se lee. A manera de ejemplo supongamos que Will Salgado se lanza por el PCN, Mena por el PDC y Ávila por Arena. Will consigue cierta cantidad de votos en oriente, Mena en occidente y Ávila en todo el país. Luego los votos de Will y Mena se suman a los de Ávila que resulta ganador de los comicios gracias a los votos que otros candidatos "útiles" generan y que de otra forma él no los habría obtenido.
Elizardo Lovo dijo "ya se han hecho cosas peores", y tiene razón. Pero que no olvide que han sido esas cosas las que originaron la lucha armada en este país.
Sí, tal como se lee. A manera de ejemplo supongamos que Will Salgado se lanza por el PCN, Mena por el PDC y Ávila por Arena. Will consigue cierta cantidad de votos en oriente, Mena en occidente y Ávila en todo el país. Luego los votos de Will y Mena se suman a los de Ávila que resulta ganador de los comicios gracias a los votos que otros candidatos "útiles" generan y que de otra forma él no los habría obtenido.
Elizardo Lovo dijo "ya se han hecho cosas peores", y tiene razón. Pero que no olvide que han sido esas cosas las que originaron la lucha armada en este país.
Han pasado 16 años desde que se firmaron los acuerdos de paz y nunca como ahora se siente el cambio de manera tan palpable, tan objetiva. La derecha lo sabe y por tanto, usará todas las armas que tenga a su alcance para tratar de arrebatarnos el triunfo, para evitar que ganemos. Algunas acciones serán valederas, pero muchas otras no y son estas últimas las que pueden llevarnos a un momento histórico en que el pueblo haga uso del derecho legítimo a la insurrección para garantizar la alternancia.
Ya lo dice la Constitución:
Art. 87.- Se reconoce el derecho del pueblo a la insurrección, para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecidos, o por graves violaciones a los derechos consagrados en esta Constitución.
Art. 88.- La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos. La violación de esta norma obliga a la insurrección.
(El subrayado es mío)
Puesto en cristiano: la forma de gobierno (republicano, democrático y representativo Art. 85a) y el sistema político (pluralista y expresado por medio de los partidos políticos Art. 85b) sólo puede mantenerse si se da la alternabilidad, es decir, si se da la posibilidad real de que cambie el partido gobernante. Si un partido transgrede esta norma indispensable, el pueblo está obligado a insurreccionarse. Esto está clarísimo y lo ha estado desde 1950, cuando comenzó a usarse en nuestra Constitución. En varias ocasiones, ARENA ha tratado de reducir el alcance de la alternabilidad al simple hecho de que un presidente no se reelija. Pero creo que los artículos a los que me he referido hablan por si solos.
En fin, acá hubo un 72 y un 77, y probablemente de eso se recuerda alegremente Lovo, pues lograron imponer el fraude. Pero también hubo un 2006, donde el pueblo no se dejó arrebatar la alcaldía de San Salvador, a pesar de todos los esfuerzos de ARENA por cambiar el resultado.
Cuidado ARENA y PCN, más de treinta años después, las cosas serán muy diferentes...
Alluro
Blog El Tenampa
Ya lo dice la Constitución:
Art. 87.- Se reconoce el derecho del pueblo a la insurrección, para el solo objeto de restablecer el orden constitucional alterado por la transgresión de las normas relativas a la forma de gobierno o al sistema político establecidos, o por graves violaciones a los derechos consagrados en esta Constitución.
Art. 88.- La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es indispensable para el mantenimiento de la forma de gobierno y sistema político establecidos. La violación de esta norma obliga a la insurrección.
(El subrayado es mío)
Puesto en cristiano: la forma de gobierno (republicano, democrático y representativo Art. 85a) y el sistema político (pluralista y expresado por medio de los partidos políticos Art. 85b) sólo puede mantenerse si se da la alternabilidad, es decir, si se da la posibilidad real de que cambie el partido gobernante. Si un partido transgrede esta norma indispensable, el pueblo está obligado a insurreccionarse. Esto está clarísimo y lo ha estado desde 1950, cuando comenzó a usarse en nuestra Constitución. En varias ocasiones, ARENA ha tratado de reducir el alcance de la alternabilidad al simple hecho de que un presidente no se reelija. Pero creo que los artículos a los que me he referido hablan por si solos.
En fin, acá hubo un 72 y un 77, y probablemente de eso se recuerda alegremente Lovo, pues lograron imponer el fraude. Pero también hubo un 2006, donde el pueblo no se dejó arrebatar la alcaldía de San Salvador, a pesar de todos los esfuerzos de ARENA por cambiar el resultado.
Cuidado ARENA y PCN, más de treinta años después, las cosas serán muy diferentes...
Alluro
Blog El Tenampa
No hay comentarios:
Publicar un comentario